Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0189/2005-R
Fecha: 04-Mar-2005
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución 1/2005, cursante de fs. 26 vta., a 28, pronunciada el 31 de enero de 2005, por la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Tarija, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Roso Jerez contra Armando Arancibia Mealla, Juez Primero de Instrucción en lo Penal de Tarija e Isabel Lea Plaza de Romero, Fiscal de Materia, alegando la lesión de su derecho a la libertad física o de locomoción.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- III.1.
- III.2.
- “III.1.1. Los fines de la garantía del art. 18 de la CPE
- “III.1.2.
- eficaces y oportunos
- sin demora
- forma inmediata
- Fragmento 15
- medio de defensa expreso, idóneo, expedito y eficaz
- a solicitar al juez que defina su situación jurídica y califique la legalidad de la aprehensión no dispuesta por él;
- de apelación
- recurso idóneo e inmediato
- idóneo e inmediato,
- APROBAR