Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0208/2005-R
Fecha: 11-Mar-2005
II.1.
II.1. Con la demanda ordinaria de resolución de contrato planteada por INVERBOL S.R.L. (ahora recurrente), contra Adriática Seguros y Reaseguros S.A., el representante de la Empresa demandada fue notificado el 29 de agosto de 2002 (fs. 323). Por memorial presentado el 3 de septiembre, el indicado representante planteó las excepciones previas de impersonería de la parte demandada, impersonería de la parte demandante y la excepción de arbitraje (fs. 333 a 336), que por Decreto de 4 de septiembre de 2002 fueron corridas en traslado (fs. 337).