SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0249/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0249/2005-R

Fecha: 21-Mar-2005

1)

  El recurrido, Juez Octavo de Partido en lo Penal en el informe de fs. 156 informa: 1) al dictar la Resolución 146/2003, de 30 de octubre se estableció la inexistencia de vicios de nulidad en la tramitación del proceso; 2) la prueba aportada por el procesado no fue suficiente para desvirtuar o destruir la imputación penal que pesa en su contra, puesto que se trata de dos recibos de 29 de enero de 2000 y otro de 20 de octubre de 1999 que no tienen ninguna relación con el cheque de 20 de abril de 2000, tampoco se ha demostrado con prueba documental idónea que el cheque se hubiera girado en calidad de garantía; 3) el Juez Noveno de Instrucción Liquidador al dictar sentencia condenatoria, ajustó sus datos a las normas jurídicas que rigen la materia sin vulnerar disposiciones legales de ninguna naturaleza. Finalmente se ratifica en el tenor del fallo, por haberlo dictado conforme al ordenamiento jurídico.