SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0353/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0353/2005-R

Fecha: 12-Abr-2005

procedente

La Sentencia 55/2004, de 13 de octubre, cursante de fs. 155 a 156, pronunciada     por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz,  declaró  procedente el recurso, disponiendo la inmediata devolución del vehículo,  bajo estos  fundamentos: 1) el recurrente fue denunciado el 17 de septiembre de 2003,  posteriormente se formalizó querella el 16 de enero de 2004, entre esas fechas el Fiscal Franklin Aguilar, dispuso el secuestro del vehículo con placa de control 525-DXI, marca Toyota Corolla de propiedad de Paulino Calle Pablo, el mismo que era utilizado para transporte público; 2) el secuestro por determinación del art. 171 del Código Nacional de Tránsito (CNT), no puede sobrepasar los diez días, consiguientemente el Fiscal referido, vulneró dicha norma; 3) el Fiscal Franklin Aguilar no requirió por la imputación formal, no ordenó la complementación de diligencias ni dispuso el rechazo de la denuncia, tampoco solicitó la suspensión condicional del proceso ni informó al Juez cautelar sobre el inicio de las investigaciones, dejando en absoluta indefensión al recurrente, en consecuencia  vulneró el art. 301 del Código de procedimiento penal  (CPP) y atentó contra el debido proceso; 4) formalizada la querella no se notificó al imputado, situación que igualmente provocó su indefensión; 5) es manifiesto el perjuicio ocasionado al recurrente toda vez que en reiteradas oportunidades solicitó la devolución del motorizado acompañando la documentación que acredita su derecho propietario sin haber obtenido respuesta a su favor; 6) si bien el Fiscal recurrido con la remisión a la Fiscalía del Distrito para nuevo sorteo regularizó procedimiento, no es menos evidente que tenía la obligación de atender las solicitudes realizadas por las partes en base al principio de igualdad así como considerar la devolución del vehículo.