SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0357/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0357/2005-R

Fecha: 12-Abr-2005

participaron cuatro de los cinco concejales de San José de Chiquitos, los mismos que aprobaron el informe final de la Comisión de Ética

En la especie, en la sesión de 15 de julio de 2004, participaron cuatro de los cinco concejales de San José de Chiquitos, los mismos que aprobaron el informe final de la Comisión de Ética en el que se declaró  probada y fundada la denuncia interpuesta contra la Alcaldesa Municipal; sin embargo, al momento de imponer la sanción, solamente tres de los cuatro Concejales presentes, dieron su conformidad para aplicar la sanción de destitución, por cuanto Carmelo Campos votó por la sanción de multa del 20% de los haberes de la Alcaldesa. No obstante, al haberse tomado la decisión de aprobar el informe final de la Comisión de Ética por la mayoría absoluta de concejales cual manda la norma, se ha logrado lo que la ley establece en cuanto a la procedencia de la denuncia. La Ley no exige que los cuatro Concejales, en caso de ser cinco los miembros del Concejo Municipal, den su acuerdo para aplicar la misma sanción, puesto que es un cuerpo colegiado y lo esencial es que se apruebe la procedencia de la denuncia, debiendo estarse, respecto de la sanción, a lo que disponga la mayoría simple.