SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0357/2005-R
Fecha: 12-Abr-2005
procedente
La Resolución de 4 de noviembre de 2004, cursante de fs. 200 y 201 vta., pronunciada por el Juez de Partido y Sentencia de San Ignacio de Velasco del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara procedente el recurso, “con responsabilidad civil y costas al Estado para los recurridos”, anulando las Resoluciones Municipales 020/2004, que rechaza los estados financieros y ejecución presupuestaria de la gestión 2003; 069/2004 que determina la destitución de Dilma Peña Saavedra y 070/2004 que determina ministrar posesión en el cargo de Alcalde a Marvin Ferrante, “así como todos los actos emergentes, tales como comunicaciones internas, minutas de comunicación y oficios relacionados con las resoluciones anuladas”, bajo estos fundamentos: 1) las autoridades recurridas actuaron al margen de la Ley de Municipalidades al no haber cumplido con las exigencias legales en la designación de la Concejala Elizabeth Chávez de Parada para conformar la Comisión de Ética, lo que vulnera la seguridad jurídica; 2) el Concejal Marvin Ferrante, luego de excusarse y renunciar a la Comisión de Ética, retomó el conocimiento de la denuncia e intervino en el proceso administrativo contra la Alcaldesa Dilma Peña como Presidente interino del Concejo, y aprobó el informe de dicha Comisión en el que se resolvió la destitución de la recurrente, aspectos que violentan el debido proceso y el derecho a la defensa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- a)
- I.1.4. Recusación planteada contra el Juez de amparo
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- b) Suspensión definitiva, que acarrea también la pérdida del mandato de Alcalde y Concejal,
- c)
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- participaron cuatro de los cinco concejales de San José de Chiquitos, los mismos que aprobaron el informe final de la Comisión de Ética