SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0388/2005-R
Fecha: 15-Abr-2005
1)
En el escrito de fs. 136 a 138, el recurrido señala: 1) hace aproximadamente un mes cesó en el cargo de representante de la “Asociación de Servicio de Agua Potable de Cesarzama”, por lo que carece de personería para ser demandado; 2) el recurrente interpuso el recurso en su afán desesperado de eludir la justicia por sus acciones delincuenciales al haber conformado una verdadera asociación criminal para ocasionar daños al sistema propio e independiente de la localidad de Cesarzama, cortando el servicio a personas que nada tienen que ver con su organización; 3) en forma paralela e independiente se vienen haciendo mejoras con fondos de la Participación Popular, para lo cual inclusive se adquirió un terreno a nombre de la Alcaldía, para la construcción de un tanque propio; 4) hace muchos años que ya no forman parte de la organización del recurrente, quien actualmente está siendo procesado en la Fiscalía por hechos relacionados con la destrucción de un tanque de almacenamiento, siendo también demandado por rendición de cuentas, proceso que se encuentra en apelación; asimismo, debió acudir a la Superintendencia de Servicios Básicos, aspectos que determinan la improcedencia del recurso.