Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0388/2005-R
Fecha: 15-Abr-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se vulneraron los derechos a la seguridad jurídica y a la propiedad privada del Comité al que representa, al señalar que el recurrido conformó un ente paralelo, desconociendo dirigentes, normas internas y especialmente su derecho propietario sobre el sistema de agua, realizando conexiones arbitrarias a favor de terceros, encargándose del cobro a 27 personas. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.