SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0388/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0388/2005-R

Fecha: 15-Abr-2005

II.2.

II.2.  Conforme a los referidos Estatutos (fs. 7 vta. a 12), el Comité se rige por la asamblea general de usuarios y por un Directorio (art. 9), este último está compuesto por un Presidente, Vicepresidente, Secretario de Hacienda, Secretario de Actas y vocales (art. 30). El art. 31 del Estatuto establece las funciones del Presidente, señalando en su inciso b) que ejerce la representación legal del Directorio en representación del Comité Administrativo de Agua Potable de Cesarzama, indicando a continuación sus demás atribuciones, sin que ninguna de ellas le faculte a interponer recursos constitucionales, menos amparo constitucional.