SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0405/2005-R
Fecha: 20-Abr-2005
III.3.
III.3. En el caso que se examina, el 11 de agosto de 2004, el Fiscal de Materia recurrido, bajo cuya dirección funcional se desarrolló la investigación imputó formalmente al recurrente delitos de acción pública; a cuya consecuencia, la Jueza Cautelar por decreto de la misma fecha, providenció que la investigación finalizaría el 11 de febrero de 2005, conforme a los arts. 289 y 134 del CPP; sin embargo, se tiene evidencia que el Fiscal recurrido procedió a presentar requerimiento conclusivo de acusación, a poco más de un mes -40 días- de iniciado el proceso penal, no obstante que incluso estaba pendiente de cumplimiento un requerimiento -de 7 de septiembre de 2004- de presentación de prueba documental, el mismo que fue cumplido por la Asociación Nacional de Aldeas Infantiles SOS el 23 de septiembre de 2004 -es decir, con posterioridad a la acusación formal-. Por tal motivo, el actor invocando la SC 1036/2002-R, solicitó a la Jueza de Instrucción Segunda en lo Penal de El Alto la corrección del procedimiento a efectos de que la etapa preparatoria continúe en su desarrollo hasta su término máximo computado a partir de la imputación formal; a cuyo mérito, la Jueza Cautelar a través de la providencia de 30 de septiembre de 2004, rechazó la solicitud bajo el argumento que si bien el art. 134 del CPP, establece el máximo de duración de la etapa preparatoria pero no establece el mínimo, asimismo es responsabilidad del Fiscal recurrido sostener su acusación de juicio.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- La etapa preparatoria deberá finalizar en el plazo máximo de seis meses de iniciado el proceso
- el desarrollo de la Etapa Preparatoria, empieza a partir de que el Juez cautelar pone en conocimiento del encausado la imputación formal, siendo éste el actuado jurisdiccional que marca el inicio del proceso penal, y a partir de ahí, se tiene un término máximo de seis meses para presentar la acusación
- preparatoria que tiene la finalidad de preparar al juicio oral público a través de la recolección de elementos
- el término de los seis meses previsto para el desarrollo de la etapa preparatoria es un plazo máximo
- III.3.
- debe existir un tiempo razonable entre la imputación formal y la acusación
- APRUEBA