SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0429/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0429/2005-R

Fecha: 28-Abr-2005

II.1.

II.1. Mediante Testimonio 258/2004, de 5 de junio (fs. 1 y 2) los miembros de la urbanización “El Periodista” confirieron poder especial y suficiente a Herman Gonzáles Moreno, Gabriel Edmundo Fernández Villanueva y Emilio Carlos Rojas Peredo, para que en representación de sus personas, acciones y derechos se apersonen ante el Ministerio de Desarrollo Económico, Fondo de Vivienda Social en Liquidación, Prefectura del Departamento, Subprefectura de la Provincia Vaca Diez del Departamento de Beni, Corte Superior del Distrito, Juzgados de partido e instrucción ordinarios en materia civil como materia penal, a fin de que gestionen y patrocinen el proceso civil de usucapión acorde con la Ley de 16 de junio de 2002 sobre regularización del derecho propietario urbano, presenten memoriales, alegatos, practiquen notificaciones, soliciten audiencias, interpongan recursos ordinarios y extraordinarios, con apersonamiento ante la Fiscalía de Distrito, Corte Suprema de Justicia, Alcaldías Municipales y Servicio de Impuestos Internos. Sin que en dicho poder figure facultad alguna para interponer recursos constitucionales.