Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0432/2005-R
Fecha: 28-Abr-2005
II.11.
II.11. El 22 de abril de 2004, se procedió a notificar al recurrente con la liquidación de fs. 184 y otros actuados, en el domicilio procesal señalado en calle Juan de La Riva 1527, Of. 2, bufete del abogado Fernando Valencia, no cursa firma personal del demandado ni del testigo de actuación (fs. 202).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- II.11.
- II.12.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- el recurso de hábeas corpus no procede contra los actos de los particulares
- APRUEBA