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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0432/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0432/2005-R

    Fecha: 28-Abr-2005

    II.12.

    II.12. El 11 de junio de 2004, la Jueza aprobó la liquidación practicada en la suma total de Bs5.100.-  en vista de no existir observación alguna, conminando al obligado a cancelar dentro de tercero día de su legal notificación, con el que fue notificado el 3 de agosto de 2004, en su domicilio procesal de calle Juan de la Riva 1527, no cursa firma del recurrente ni del testigo de actuación (fs. 253 y 255).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • i)
    • a)
    • improcedente
    • I.3.    Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.16.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • el recurso de hábeas corpus no procede contra los actos de los particulares
    • APRUEBA

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