Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0437/2005-R
Fecha: 28-Abr-2005
II.4.
II.4. El 29 de septiembre de 2004, el recurrente solicitó al Juez Quinto de Instrucción en lo Penal la nulidad de la imputación formal, arguyendo que el Fiscal no puso en su conocimiento la denuncia en su contra ni le tomó su declaración informativa al respecto (fs. 4 a 5 vta.), y mediante providencia de 30 de ese mes y año, el Juez señaló que no estando contemplada la forma de petición en el CPP, se solicite por la vía correspondiente para que se provea lo que fuere de Ley (fs. 6).