Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0508/2005-R
Fecha: 13-May-2005
III.3.
III.3. Conforme la documental que informa el cuaderno procesal de amparo, mediante nota de 12 de mayo de 2004, el recurrente solicitó al Interventor del SENASIR hoy recurrido, disponga la elaboración de un informe ampliatorio de la Dirección de Sistemas sobre el cambio de matrícula, pedido que, reiterado el 11 de junio fue atendido el 12 de agosto de 2004, cuando se entregó a Nino Ayala fotocopia legalizada del Informe de 17 de junio de 2004, emitido por el Responsable Administración de Sistemas del SENASIR, siendo presentado el mismo ante el Interventor del SENASIR esa misma fecha.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.1.
- el recurso de amparo se constituye en un instrumento subsidiario y supletorio
- 1)
- Fragmento 14
- III.2.
- Fragmento 16
- III.3.
- solicitud de elaboración del Informe ampliatorio invocado por el recurrente,
- III.4.
- APRUEBA