SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0508/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0508/2005-R

Fecha: 13-May-2005

solicitud de elaboración del Informe ampliatorio invocado por el recurrente,

Por ende, se constata que la solicitud de elaboración del Informe ampliatorio invocado por el recurrente, según se tiene en el expediente, fue realizada después de un mes de emitirse la Resolución de Recurso Jerárquico de 13 de abril de 2004, en virtud de lo cual mal puede ahora el demandante reclamar la falta de atención a ese informe, pues fue solicitado cuando ya culminó el proceso administrativo sustanciado en contra suya, sin que sea justificativo de tal negligencia el hecho de haber solicitado el merituado informe a tiempo de  interponer el recurso jerárquico de 23 de marzo de 2004, toda vez que no insistió en su pedido antes de la emisión de la última Resolución dictada en el proceso administrativo de marras.