SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0535/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0535/2005-R

Fecha: 18-May-2005

II.3.

II.3. Por Resolución Determinativa 034/2004, de 15 de julio, se intimó a la contribuyente Empresa SISTECO Ltda. para que en el término de 15 días a partir de su legal notificación deposite por concepto de impuestos IVA periodos 01/1999 a 03/1999, 05/1999 a 08/1999, 10/1999 a 12/1999, 03/2000, 06/2000 y 07/2000 e IUE periodos 1999 y 2000, el monto determinado por impuesto omitido de Bs389.984.-y sanción aplicada de Bs248.067.- (fs. 26 a 30); Resolución que fue notificada mediante cédula el 9 de agosto de 2004; a cuya consecuencia, el 23 de agosto de 2004, el representante de la Empresa SISTECO Ltda., Sergio Asbún Yacir -ahora recurrente-, interpuso demanda contenciosa tributaria ante el Juez de Partido Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario, impugnando la Resolución Determinativa 034/2004, conforme se evidencia del sello de recepción de demandas nuevas (fs. 15 y vta.).  La Administración Tributaria, ante el presunto incumplimiento del contribuyente SISTECO Ltda., al pago en el término de ley, emitió, el pliego de cargo 024/2004 de 6 de septiembre por Bs647.027.- (fs. 36 y vta.), siendo notificado el representante de la empresa SISTECO Ltda., Sergio Asbún Yacir, mediante cédula el 22 de septiembre de 2004 (fs. 35).