SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0558/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0558/2005-R

Fecha: 23-May-2005

(fs. 13-17)

En segundo término en la citada Resolución, los recurridos señalan que dentro del plazo probatorio de cinco días hábiles las partes no ofrecieron pruebas, y pasaron a considerar el fondo de la causa, expresando los fundamentos siguientes: “las pruebas de descargo no aceptadas por el Tribunal inferior y que fueron ofrecidas mediante memorial de fs. 118 a 121 vta., y fs. 124 a 126, cuyas literales cursan desde fs. 60 a fs. 117 de obrados”, acreditan la existencia de diversos incidentes para evitar el pago de los honorarios de la denunciante; además, que en el memorial de apelación el mismo denunciado confiesa que esa era su función de acuerdo a las órdenes de quien lo contrató, olvidándose que debía asesorar conforme al art. 11 del CEPA, pero al no hacerlo vulneró los arts. 6, 12, 15, 17, 56 y 57 del CEPA, que hacían que se apliquen las normas previstas por el art. 70 incs. d) y e) con relación al 71 inc. c) del CEPA (fs. 13-17).