SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0558/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0558/2005-R

Fecha: 23-May-2005

II.1.

II.1.   Por memorial de 29 de agosto de 2003, la abogada Dorys Quinteros Rojas, presentó denuncia ante el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Cochabamba contra el recurrente solicitando que “en aplicación de los arts. 4, 6, 11, 12, 17, 42, 55, 58 y 72.c del DS 26052 (G.J. Nº 2285), así como el inc. 1 del art. 2 del Estatuto del Colegio Nacional de Abogados de Bolivia y el inc. a) y g) del art. 7 del Estatuto del Colegio de Abogados de Cochabamba, se proceda al inicio del proceso disciplinario del denominado abogado para que una vez probados los antecedentes se imponga la sanción `ejemplarizadora', conforme a lo previsto por el art. 56 y art. 71.d) del Código de Ética Profesional (DS 26055)” (fs. 1-3).