SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0567/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0567/2005-R

Fecha: 24-May-2005

II.3.

II.3.  Por comunicación de 5 de abril de 2004 (fs. 4 a 5, y 247 a 248), la Responsable de Personal de la Prefectura comunicó a la Responsable de Procesos Jurídicos que: a)  el 22 de enero de 2004 se hizo entrega del memo de baja 138/04 a la recurrente, quien ese mismo día comunicó que se encontraba embarazada; b) por oficio de 29 de febrero, la recurrente, presentó dos certificados de análisis clínicos con resultado positivo en la prueba de embarazo; c) la Unidad de Recursos Humanos solicitó documentación adicional, ya que las certificaciones presentadas no habían sido emitidas por profesionales del SINEC, d) se le otorgó el plazo hasta el 10 de febrero para que la recurrente presente las certificación solicitada, quien no se realizó ningún análisis hasta el 22 de marzo de 2004, fecha en que presentó un informe ecográfico del SINEC en el que se certifica un embarazo de ocho semanas, e) concluyendo que esas ocho semanas suponen un embarazo que data del 8 de febrero de 2004; fecha posterior a la baja otorgada a la recurrente.