SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0567/2005-R
Fecha: 24-May-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente arguye que la autoridad recurrida la despidió ilegalmente de su puesto de trabajo no obstante haber demostrado su estado de embarazo anterior a su despido con los análisis de una clínica privada y otro del Laboratorio “Cardiolab”, ordenado por el SINEC, por lo que pidió su reincorporación, que dio lugar a que se emita un informe médico de los galenos del SINEC, que sirvió de base para que la Responsable de Procesos Jurídicos de la Prefectura informe que no correspondía su reincorporación porque el embarazo se habría producido en fecha posterior a su despido, aproximadamente el 10 de febrero de 2004; vulnerándose con esos actos sus derechos a la vida, salud, seguridad jurídica, al trabajo, a una justa remuneración, a la seguridad social, a la protección estatal a la maternidad y a la estabilidad laboral de la mujer embarazada. Corresponde, en revisión, analizar si en la especie es pertinente otorgar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional
- no obstante haber hecho conocer verbalmente su estado de embarazo al Encargado de Recursos Humanos
- que estaba autorizado por un médico de la entidad aseguradora SINEC
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- b)
- d)
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.