SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0567/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0567/2005-R

Fecha: 24-May-2005

II.7.

II.7. Por Informe presentado el 17 de junio de 2004 (fs. 14 a 16) la Responsable de procesos jurídicos comunicó al Director Jurídico Departamental que: a) se observó que las certificaciones médicas emitidas no habían sido otorgadas por profesionales del SINEC, quienes son los autoridades para certificar el estado de salud de los asegurados, por lo que no eran pruebas suficientes de acuerdo a normas. b) que el 22 de marzo de 2004, la recurrente presentó un examen ecográfico del SINEC, que certifica un embarazo de 8 semanas que dataría aproximadamente del 8 de febrero de 2004, fecha posterior a la emisión y notificación con el memo de baja, c) concluyó indicando que no correspondía la reincorporación de la actora por cuanto no se encontraba en estado de gestación al momento de la notificación con el memorando de baja, estando fuera del alcance de la Ley 975. Asimismo, presumió la falsedad de las literales presentadas queriendo demostrar un hecho inexistente como el presunto embarazo al momento de la notificación con el memo de baja.