SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0633/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0633/2005-R

Fecha: 13-Jun-2005

III.3.

III.3.Asimismo la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, en las SSCC 1034/2000-R, 1380/2001-R, 1312/2001-R, 111/2002-R, 81/2002-R, 397/2002-R, 940/2003-R, 1758/2003-R y 0219/2004-R, entre otras, ha establecido de manera reiterada y uniforme que: “la protección que brinda el Recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes”.

Conforme al orden constitucional y la jurisprudencia glosada, el procesamiento ilegal al que hace referencia la norma fundamental del país en su art. 18 de la CPE,  es aquel  que  produce  y origina  restricción al derecho  a la libertad, que opera como causa  para la  privación de la libertad y no otro  para el que existe protección en el art. 19 de la CPE.