SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0633/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0633/2005-R

Fecha: 13-Jun-2005

improcedente

La Resolución 04/2005, dictada por el Juez Cuarto de Partido  y de Sentencia de  de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, cursante de fs. 68 a 69, declaró improcedente el recurso de acuerdo a los siguientes fundamentos: 1) a denuncia presentada por Ronald Alurralde contra Javier Condori y otros por el delito de allanamiento de domicilio, la Fiscal recurrida expidió los correspondiente mandamientos de comparendo, incluso uno de los imputados Julio Martín Pérez Flores, firmó el acta de citación, al margen de ello por las expresiones de su abogado recurrente los imputados tenían conocimiento de la existencia de la referida denuncia sin embargo de ello no se apersonaron ante la Fiscalía para asumir su defensa; 2) ante la ausencia de defensa y a petición de parte se dispuso citarse mediante edictos el mismo que aún no ha sido publicado; 3) consiguientemente no  existe orden de aprehensión ni mandamiento alguno; 4) los representados del recurrente al margen de tener conocimiento de los hechos, también podían acudir  en resguardo de sus intereses ante el Juez cautelar conforme a lo previsto por el art. 54-1 del CPP, por consiguiente no se puede dar la tutela prevista en el art. 18 de la CPE.