SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2005-R

Fecha: 16-Jun-2005

II.19.

II.19. Mediante requerimiento de 6 de abril de 2002 (fs. 4983), el Fiscal de Sustancias Controladas Luis Fernando Mclean solicitó la suspensión de cualquier trámite de devolución o desincautación de bienes muebles o inmuebles, dado que la FELCN de Cochabamba estaba realizando la investigación del origen lícito de los mismos, pidiendo al efecto un plazo de noventa días para concluir la investigación. Por decreto de 7 del mismo mes y año, los jueces de Sustancias Controladas desestimo la solicitud (fs. 4983 vta.), con la que se notificó al Ministerio Público el 10 de abril (fs. 4984), quien mediante memorial presentado el 11 de abril interpuso recurso de apelación contra la referida providencia (fs. 5027-5029), el que fue rechazado por el Tribunal de Sustancias Controladas mediante decreto de 12 del mismo mes y año (fs. 5029).