SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2005-R

Fecha: 16-Jun-2005

parcialmente procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo, declaró parcialmente procedente el recurso interpuesto por los fiscales de Sustancias Controladas Jacqueline Ponce Brañez y Jorge Lisandro Álvarez Arismendi respecto a la “no aplicabilidad correcta del art. 104 de la L1008 y la inobservancia de las decisiones judiciales que cobraron ejecutoria, en consecuencia declara nulo el procedimiento de desincautación y devolución de bienes, en tanto la determinación del Juzgado asumida mediante proveído de 15 de agosto de 2001 y la contenida en los fallos de primera instancia, alzada y casación sean cumplidos” (sic.) e improcedente el recurso respecto a la violación del principio de igualdad, oportunidad y publicidad, puesto que los fiscales conocieron de las resoluciones emitidas y pudieron impugnarlas, con los fundamentos siguientes: a) Los jueces recurridos no observaron las determinaciones contenidas en la Sentencia pronunciada en primera instancia por sus antecesores, cuyo contenido fue más especifico en el Auto de Vista cuando determinó que debía procederse a la desincautación de bienes previa investigación de su origen lícito, de ese modo se inobservó la previsión del art. 104 de la  L1008, en franca vulneración del derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad, aspecto que posibilita otorga la tutela solicitada; b) respecto a la indefensión por falta de publicidad, alegada como uno de los motivos del recurso queda desvirtuada por cuanto los fiscales fueron oportunamente notificados con las determinaciones asumidas sobre la desincautración, por lo que sobre ese particular no correspondía otorgar la tutela solicitada; c) la intervención de los vocales de la Sala Penal Primera en la impugnación del rechazo de la nulidad planteada por los fiscales se dio dentro del marco de la ley puesto que éstos resolvieron la apelación en el  marco de su competencia, establecido por el art. 236 del CPC, aplicable al trámite de ejecución de Sentencia.