SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2005-R

Fecha: 16-Jun-2005

II.25.

II.25.  La Resolución anterior fue apelada por los fiscales de Sustancias Controladas (6639-6640), recurso resuelto por los vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro mediante Auto de Vista 42/2004 de 5 de abril (fs. 6673-6674) que confirmó el Auto apelado de 8 de diciembre de 2003, con los siguientes fundamentos: 1) el Ministerio Público en tiempo oportuno no impugnó las resoluciones de desincautación y/o devolución; b) las causales de nulidad están expresamente previstas por el art. 297 del CPP 72 y el art. 247 de la LOJ, no estando contemplado en ninguna de aquellas, el motivo expuesto por los fiscales. Con dicha Resolución se notificó a los Fiscales recurrentes el 16 de abril de 2004 (fs. 6676), habiendo éstos interpuesto el recurso de amparo el 7 de octubre del mismo año.