SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2005-R
Fecha: 16-Jun-2005
II.25.
II.25. La Resolución anterior fue apelada por los fiscales de Sustancias Controladas (6639-6640), recurso resuelto por los vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro mediante Auto de Vista 42/2004 de 5 de abril (fs. 6673-6674) que confirmó el Auto apelado de 8 de diciembre de 2003, con los siguientes fundamentos: 1) el Ministerio Público en tiempo oportuno no impugnó las resoluciones de desincautación y/o devolución; b) las causales de nulidad están expresamente previstas por el art. 297 del CPP 72 y el art. 247 de la LOJ, no estando contemplado en ninguna de aquellas, el motivo expuesto por los fiscales. Con dicha Resolución se notificó a los Fiscales recurrentes el 16 de abril de 2004 (fs. 6676), habiendo éstos interpuesto el recurso de amparo el 7 de octubre del mismo año.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- 1)
- I.2.3. Terceros ajenos al proceso
- parcialmente procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13
- II.14.
- II.15. Mediante Resolución 78, de 18 de septiembre de 2001 (fs. 4811-4812), el Tribunal se Sentencia dispone la desincautación y devolución del bien inmueble ubicado en calle Humbolt "Nº" 815 de la ciudad de Cochabamba de propiedad de Albina Mercado Mercado
- II.16.
- .
- II.17.
- II.18
- II.19.
- II.20.
- II.21.
- II.22.
- II.23.
- Auto Motivado 28/02, de 13 de junio, pronunciado por el mismo Tribunal se dispuso la devolución y desincautación de las joyas incautadas en el inmueble de José Luis Seleme Zubieta en una caja metálica de color negro y que se encuentran bajo custodia del Banco Central de Bolivia de propiedad de José Luis Seleme Zubieta
- Resolución 36/02, de 31 de octubre de 2002 (fs. 6247-6249), el mismo Tribunal dispuso la devolución y desincautación del inmueble de propiedad de Hipólito Tapia Montaño sito en la calle Irigoyen s/n de la zona de Sorobamba de la ciudad de Cochabamba que corresponde al complejo deportivo “Los Ceibos”; determinación con la que se notificó al Fiscal Luis Fernando Mclean el 4 de noviembre de 2002
- Resolución 38/02 de 20 de noviembre de 2002 (fs. 6385-6386), el Tribunal de Sustancias Controladas dispone la devolución y desincautación del vehículo camión marca Ford, modelo 1980, con placa de circulación CCB-235 de propiedad de Carlos Seleme Zubieta; motocicleta marca Kawasaki, con placa de circulación SME-209, de propiedad de Ivert Jesús Banzer Mercado; jep Toyota, modelo 1975 con placa de circulación CJC-079 y vagoneta marca Toyota, modelo 1986 con placa de circulación CUB-583 de propiedad de José Luis Seleme Zubieta, con el que se notificó al Fiscal de Sustancias Controladas el 21 del mismo mes y año
- Resolución 11/2003, de 30 de julio de 2003 (fs. 6596), los jueces tercero y cuarto de partido dispusieron la devolución y desincautación del automóvil marca Toyota, con placa de circulación LAI-574 de propiedad de Hernando Gutiérrez Mancilla
- II.24.
- II.25.
- III.1.
- III.2.
- REVOCA en parte