SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0663/2005-R
Fecha: 16-Jun-2005
II.24.
II.24. Irma Amanda Salinas de Lavayen y Víctor H. Vásquez Millán, en su condición de fiscales de Sustancias Controladas, por memorial presentado el 19 de noviembre de 2003, plantearon incidente de nulidad de obrados, alegando el incumpliendo de resoluciones ejecutoriadas al no haberse investigado el origen lícito de los bienes desincautados antes de disponerse su devolución; asimismo acusan que no se abrió termino de prueba (fs. 6602-6604), incidente que previo tramite de ley, fue rechazado por Auto 15/03, de 8 de diciembre de 2003, pronunciado por los jueces tercero y cuarto de Partido, arguyendo, entre otros fundamentos: a) que los autos de desincautación y devolución de bienes fueron debidamente notificados al Ministerio Público y no fueron impugnados, adquiriendo la calidad de cosa juzgada; b) el Tribunal instruyó al Director Departamental de la Lucha contra el Narcotráfico de Cochabamba investigue acerca de la licitud de adquisición de los bienes muebles e inmuebles las que fueron remitidas el 29 de mayo de 2002, habiéndolas remitido a conocimiento del Ministerio Público.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- 1)
- I.2.3. Terceros ajenos al proceso
- parcialmente procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13
- II.14.
- II.15. Mediante Resolución 78, de 18 de septiembre de 2001 (fs. 4811-4812), el Tribunal se Sentencia dispone la desincautación y devolución del bien inmueble ubicado en calle Humbolt "Nº" 815 de la ciudad de Cochabamba de propiedad de Albina Mercado Mercado
- II.16.
- .
- II.17.
- II.18
- II.19.
- II.20.
- II.21.
- II.22.
- II.23.
- Auto Motivado 28/02, de 13 de junio, pronunciado por el mismo Tribunal se dispuso la devolución y desincautación de las joyas incautadas en el inmueble de José Luis Seleme Zubieta en una caja metálica de color negro y que se encuentran bajo custodia del Banco Central de Bolivia de propiedad de José Luis Seleme Zubieta
- Resolución 36/02, de 31 de octubre de 2002 (fs. 6247-6249), el mismo Tribunal dispuso la devolución y desincautación del inmueble de propiedad de Hipólito Tapia Montaño sito en la calle Irigoyen s/n de la zona de Sorobamba de la ciudad de Cochabamba que corresponde al complejo deportivo “Los Ceibos”; determinación con la que se notificó al Fiscal Luis Fernando Mclean el 4 de noviembre de 2002
- Resolución 38/02 de 20 de noviembre de 2002 (fs. 6385-6386), el Tribunal de Sustancias Controladas dispone la devolución y desincautación del vehículo camión marca Ford, modelo 1980, con placa de circulación CCB-235 de propiedad de Carlos Seleme Zubieta; motocicleta marca Kawasaki, con placa de circulación SME-209, de propiedad de Ivert Jesús Banzer Mercado; jep Toyota, modelo 1975 con placa de circulación CJC-079 y vagoneta marca Toyota, modelo 1986 con placa de circulación CUB-583 de propiedad de José Luis Seleme Zubieta, con el que se notificó al Fiscal de Sustancias Controladas el 21 del mismo mes y año
- Resolución 11/2003, de 30 de julio de 2003 (fs. 6596), los jueces tercero y cuarto de partido dispusieron la devolución y desincautación del automóvil marca Toyota, con placa de circulación LAI-574 de propiedad de Hernando Gutiérrez Mancilla
- II.24.
- II.25.
- III.1.
- III.2.
- REVOCA en parte