SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0666/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0666/2005-R

Fecha: 16-Jun-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita tutela a su derecho a la libertad física, consagrado en el art. 6.II de la CPE, denunciando que fue vulnerado por los recurridos, puesto que el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal cautelar, corecurrido, una vez remitidos los antecedentes del caso a su conocimiento no definió su situación jurídica sino que declinó jurisdicción y competencia al Juzgado de Instrucción de Puerto Rico, cuando su obligación era determinar su situación jurídica dentro del plazo legal antes de asumir cualquier medida, inobservando de ese modo la previsión contenida en el art. 226 del CPP. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen detención indebida, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.