SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0687/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0687/2005-R

Fecha: 20-Jun-2005

III.2.

III.2. Antes de entrar a considerar el fondo del presente recurso, corresponde señalar los alcances de los derechos considerados como lesionados; así, este Tribunal Constitucional ha establecido que el derecho a la seguridad jurídica es entendido como: "la condición esencial para la vida y el desenvolvimiento de las naciones y de los individuos que la integran" y "representa la garantía de aplicación objetiva de la Ley, de modo tal que los individuos saben en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de los gobernantes pueda causarles perjuicio"; es decir, en lo que concierne al ámbito judicial, "el derecho a la certeza y la certidumbre que tiene la persona frente a las decisiones judiciales, las que deberán ser adoptadas en el marco de la aplicación objetiva de la Ley y la consiguiente motivación de la Resolución". En ese sentido las SSCC 0753/2003-R y 163/2005-R, entre otras.