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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0702/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0702/2005-R

    Fecha: 22-Jun-2005

    III.1.

             Por su parte, el art. 54 del mismo cuerpo normativo, señala: “La sanción a los funcionarios judiciales por faltas graves será la suspensión del ejercicio de sus funciones de uno a doce meses, sin goce de haberes.”. La lista de faltas graves comprende diez supuestos que prevé el art. 22.II del RPDPJ.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3.  Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • i)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • 1)
    • III.1.
    • III.2.
    • pues cada una de éstas tutela órdenes jurídicos distintos y persigue finalidades diferentes
    • APROBAR

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