Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0710/2005-R
Fecha: 28-Jun-2005
II.2.
II.2. Apelada que fue la Sentencia y concedido el recurso, se radicó ante el Juez de Partido Décimo en lo Civil y Comercial, quien dictó la Resolución de apelación 102/2001 de 19 de febrero de 2001, revocando la Resolución del a quo, declaró probada la demanda y dispuso la demolición de la obra nueva perjudicial que construyó la ahora recurrente adyacente a la propiedad de las demandantes en la calle Casimiro Corrales 1120, zona Miraflores, en la parte que clausuró las ventanas que fueron concedidas como servidumbre de vista por la misma propietaria en las escrituras públicas de compraventa, a favor de las actoras (fs. 8 a 9).