SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2005

Fecha: 05-Jul-2005

III.3.

III.3.         El art. 2 de la Ley de Medicamento 1737, regula la fabricación, elaboración, importación, comercialización, control de calidad, registro, selección, adquisición, distribución, prescripción y dispensación de medicamentos de uso humano, así como de medicamentos especiales, como biológicos, vacunas, hemoderivados, alimentos de uso médico, cosméticos, productos odontológicos, dispositivos médicos, productos homeopáticos, y productos medicinales naturales y tradicionales, teniendo como uno de sus objetivos el “normar el registro sanitario de los medicamentos” (art. 3.k de la Ley 1737) (las negrillas son nuestras).