SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0770/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0770/2005-R

Fecha: 06-Jul-2005

a)

La autoridad recurrida, adjuntando el informe de fs. 385 a 387 vta., señala lo que sigue: a) la solicitud de los ahora recurrentes no se ajusta a la ley, puesto que inicialmente no está comprometido el pago de aguinaldos en los contratos y, que además ellos pertenecen a un estatus administrativo jurídico diferente, puesto que pertenecen a diferentes fondos complementarios que se encuentran en liquidación; b) no existe la partida presupuestaria correspondiente dispuesta por el Ministerio de Finanzas, lo que implicaría una violación de la Ley de Administración y Control Gubernamentales y la calificación de malversación si se diera el caso de pago, por lo que pidió en definitiva se declare improcedente el presente recurso.