SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0770/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0770/2005-R

Fecha: 06-Jul-2005

II.3.

II.3. El 26 de julio de 2004, el ahora recurrente por sus representados apersonándose ante la Superintendencia del Servicio Civil, solicitó informe sobre si la Superintendencia atendía o consideraba recursos con relación a pagos de aguinaldos de personal no institucionalizado y bajo la partida presupuestaria 12100 y, si dicha repartición del Estado puede instruir a otras unidades como el SENAPE pague aguinaldos por duodécimas a trabajadores contratados bajo la modalidad de contratos bajo la partida 12100 y que a la fecha de su retiro no era personal institucionalizado ni tampoco tenían más de cinco años de antigüedad en la administración pública (fs. 12 a 13); mereciendo el decreto de 28 de julio de 2004, por el que se rechazó la solicitud planteada por no adecuarse a las previsiones de la Ley Estatuto del Funcionario Público (fs. 13).