SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0770/2005-R
Fecha: 06-Jul-2005
II.1.
II.1. Lilian Marlene Morales Hurtado, Juan Gualberto Rojas Rocha, Madeleine Vanessa Puerta Morales, Federico Molina Sandoval, Víctor Mejía Lima, Ritha Vidaurre Cornejo, Abel Rodríguez Herhardt, Claudia Andrea Lara Zotes, Renan Víctor Sucre Alarcón, Wilson Ramiro Ugarte Anaya, Patricia Schween de Del Castillo, Karina Carla Borda Aguilera, Ruth Elena Leytón de Bellido, Juan Carlos Baldiviezo Garzón, Reynaldo Edwing Sánchez Carrasco, José Luis Clavijo Tavera, José Luis Aramayo Ascarrunz Vedia, Gabriela Godoy Rubin de Celis, Rocío Josefina Salvatierra Antequera y Martha Raquel Alanoca Cusi -representados por el ahora recurrente-, adjuntando la documental cursante de fs. 34 a 367 acreditaron haber sido contratados por el SENAPE y el Ente Gestor I, II y IV, con contratos de trabajo a plazo fijo vigentes entre el 2 de enero al 31 de diciembre de 2003, con la finalidad de que puedan prestar sus servicios personales (fs. 34 a 367; detalle de fs. 400).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1.
- la jurisprudencia con efecto vinculante es la que contiene la ratio decidendi de la sentencia constitucional
- III.2.
- III.3. La citada SC 605/2004-R, de 22 de abril, constituye un precedente obligatorio vinculante y por ende, de aplicación inexcusable al caso planteado por el actor y sus actuales mandantes, consiguientemente, por principio de igualdad, la autoridad recurrida debe aplicar dicho entendimiento conforme corresponde;
- APRUEBA