Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0794/2005-R
Fecha: 18-Jul-2005
(fs. 5 vta.)
Por requerimiento de 22 de noviembre (fs. 5 vta.), el Fiscal conminó al recurrido para que en el plazo de cuarenta y ocho horas entregue la documentación solicitada por el recurrente, sin perjuicio de que en caso de inobservancia se abra causa penal. No existe constancia de respuesta o representación alguna.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- (fs. 5 vta.)
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución
- El derecho de petición
- III.3.
- III.4.
- APROBAR