SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0794/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0794/2005-R

Fecha: 18-Jul-2005

procedente

La Sentencia de 8 de diciembre de 2004, cursante de fs. 35 vta. a 40, pronunciada por la Jueza Mixta y de Sentencia de Llallagua, del departamento de Potosí, declaró procedente el recurso ordenando a la autoridad recurrida franquee la documentación que detalla en el plazo de veinticuatro horas de notificado con la Resolución, con costas y condenación de daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia, con los siguientes fundamentos: 1) la solicitud fue realizada vía requerimiento y finalmente en forma directa por el recurrente, no habiendo merecido respuesta positiva o negativa hasta la fecha; 2) el Consejo Municipal es la máxima autoridad de un Gobierno Municipal, cuyo representante es su Presidente, estableciéndose en consecuencia que el recurrente agotó todas las vías idóneas para hacer efectiva su petición; 3) ante la omisión de una respuesta oportuna que causa grave perjuicio se constata una evidente vulneración a los derechos a la seguridad jurídica y a la petición.