Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0794/2005-R
Fecha: 18-Jul-2005
II.3.
II.3. A través del memorial de 23 de octubre (fs. 4), el recurrente formuló nueva solicitud ante el Fiscal para que requiera se le franquee más documentación; posteriormente por memorial presentado el 18 de noviembre (fs. 5), el recurrente, denunciando que la documentación solicitada no fue entregada, solicitó conmine al Presidente del Concejo Municipal le entregue la documentación solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- (fs. 5 vta.)
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución
- El derecho de petición
- III.3.
- III.4.
- APROBAR