SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0803/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0803/2005-R

Fecha: 19-Jul-2005

III.3.

III.3.  Por otra parte, sólo a manera de aclaración, con relación a la solicitud de la autoridad recurrida en la audiencia de amparo de que se declare improcedente el presente recurso por cuanto, -a decir suyo- el recurrente carece de personería toda vez que al representar a una empresa, debió acompañar poder suficiente, así como respecto a la afirmación del Tribunal de amparo, a tiempo de absolver dicho petitorio, en sentido de que su personería estaba cumplida con su sola presencia física en la audiencia; teniendo en cuenta, que además, la autoridad recurrida reiteró su solicitud en el mismo sentido, por memorial de 10 de diciembre de 2004.