SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0818/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0818/2005-R

Fecha: 22-Jul-2005

III.3.

III.3. En lo que concierne  a las reclamaciones resumidas en  los incisos b) y c) del primer párrafo de los Fundamentos de este fallo, se tiene que, constituyendo el efecto de la procedencia de esta acción tutelar, el dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado por las razones arriba explicadas, corresponderá a los vocales recurridos emitir otro tomando en consideración los fundamentos de la presente Sentencia Constitucional y las disposiciones legales aplicables al caso, momento en el que también deberán observar la imprescindible motivación de la determinación que asuman sobre todos los puntos objeto de alzada.