SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0839/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0839/2005-R

Fecha: 25-Jul-2005

II.4.

II.4.  Por memorial de 27 de octubre de 2004, el recurrente solicitó a las autoridades recurridas ordenen la devolución de obrados al Juzgado de origen para la tramitación de los daños ocasionados por la comisión del delito, con el argumento de que al haber formulado el desistimiento de su recurso de apelación se operó la conclusión extraordinaria del proceso, cobrando ejecutoria la Sentencia condenatoria dictada por el Juez de la causa (fs. 38). Por providencia de 29 de octubre, el Vocal corecurrido, Armando Pinilla Butrón, dispuso que con carácter previo a la prosecución de la causa, debía tramitarse la extinción de la acción penal (fs. 39).