SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0857/2005-R
Fecha: 27-Jul-2005
II.12.
II.12.Por Resolución 76/2004, de 29 de octubre, la Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal recurrida declara improcedente la solicitud extraordinaria de la extinción de la causa penal formulada por William Franz Villagra Álvarez, con el argumento que la línea jurisprudencial prevista en la SC 0101/2004, establece que la extinción de la acción penal no se produce cuando la dilación del proceso sea atribuible a la conducta del imputado o procesado, toda vez que el imputado no acudió al llamado del Juez ni se sometió a su jurisdicción penal, por lo que se procedió a la tramitación en su rebeldía (fs. 101 a 102 vta.); por la documental cursante de fs. 39 a 43 se evidencia que el recurrente apeló de tal determinación.