SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0892/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0892/2005-R

Fecha: 03-Ago-2005

improcedente

La Resolución cursante de fs. 41 a 42 vta., pronunciada el 7 de enero de 2005  por  la Sala  Penal Primera de la Corte Superior del  Distrito Judicial de Santa Cruz, declara improcedente el recurso  sin costas ni multas, bajo el fundamento que la recurrente tenía a su alcance el recurso de compulsa que puede ser interpuesta cuando un recurso ha sido concedido en forma ilegal e indebida, habiendo planteado esta acción tutelar cuando la causa cuya afectación pretende ya ha sido remitida a la Corte Suprema de Justicia, “cayendo por esos dos hechos bien determinados y claros” en la causal de improcedencia contenida en el art. 96.1 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).