Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0912/2005-R
Fecha: 10-Ago-2005
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 18.III y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional en revisión resuelve REVOCAR la Resolución 57/2005, de 7 de marzo, cursante de fs. 35 a 37 pronunciada por el Juez Tercero de Partido y de Sentencia de El Alto, y declarar IMPROCEDENTE el recurso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- 1)
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto a la aplicación de las normas del Código del niño, niña y adolescente
- en cambio, los mayores de 16 años son responsables penalmente por el hecho, con un tratamiento especializado hasta los 18 años.
- III.2.
- Fragmento 12
- III.3. Medios de impugnación específicos y aptos contra las resoluciones sobre medidas cautelares
- III.4. Análisis del caso venido en revisión
- REVOCAR