Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0928/2005-R
Fecha: 12-Ago-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La recurrente ratificó y reiteró el tenor íntegro de su demanda, añadiendo que pese a que señaló domicilio procesal, las diligencias de notificación con las resoluciones que dispusieron la detención preventiva de la imputada y con la que resolvió su apelación fueron notificadas en Secretaría; ante esta situación solicitó la nulidad de dichas notificaciones al tratarse de un defecto absoluto previsto en los arts. 166 y 169 del CPP, incidente que fue rechazado con el argumento de que no se señaló domicilio procesal ante el Tribunal de alzada, sin citar norma alguna que refiera aquello.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- la interpretación de una norma legal es una tarea que corresponde resolver a los jueces ordinarios al decidir los