SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0933/2005-R
Fecha: 15-Ago-2005
II.6.
II.6. De fs. 106 a 107 se evidencia el informe del abogado de la Gerencia Regional de Aduanas, Alejandro Zambrana Fernández, de fecha 1 de septiembre de 2004, que refiere que el imputado Dioni Poma Calan, propietario de la mercadería se acogió al programa transitorio voluntario y excepcional de regularización de adeudos tributarios por lo que canceló todos los gastos y adeudos tributarios omitidos por concepto de la nacionalización y que el trámite concluyó respecto de Dioni Poma Calani. Extremo que pide se ponga en conocimiento del Juez cautelar, informa asimismo que el vehículo vagoneta Corolla, blanco, placa de circulación 1001-IXL, chasis IEE103-001668 no se acogió al programa por lo que solicitó se proceda al remate de dicho bien en la vía administrativa por considerarse prenda preferente a favor del Estado según el art. 6 de la LGA.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- 1.-
- para que asuma la dirección funcional de la investigación y solicite al juez de la instrucción en lo penal la medida cautelar que corresponda
- III.3.
- APRUEBA