Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0938/2005-R
Fecha: 12-Ago-2005
Fragmento 9
Mediante Acuerdo Jurisdiccional 062/2005, de 20 de julio de 2005, el Pleno del Tribunal Constitucional amplió en la mitad de término el plazo para pronunciar Resolución de conformidad a lo establecido por el art. 2 de la Ley 1979; siendo la fecha de nuevo vencimiento el 17 de agosto de 2005; en consecuencia la presente Sentencia se pronuncia dentro del término legal.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- a)
- Fragmento 9
- II.1.
- II.2.
- III.1.
- III.2.
- Corresponde ahora analizar si las vocales demandadas ajustaron su interpretación a las reglas o cánones antes descritos. En este sentido,
- si los delitos fueron cometidos en forma directa contra ellos, contra sus ascendientes o descendientes, su cónyuge, conviviente o sus hermanos.
- III.3.