Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0981/2005-R
Fecha: 19-Ago-2005
II.4.
II.4. Mediante Auto de apertura de juicio de 21 de junio de 2005 (fs. 1) los jueces Técnicos demandados, dispusieron la apertura del juicio oral penal contra el representado del recurrente, Raúl Ribera Aguilera, por el presunto ilícito penal de transporte de sustancias controladas, previsto en el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (L1008), a cuyo fin señaló audiencia de inicio de juicio para el 11 de julio de 2005 a horas 8:30. Auto con el que se notificó al representado el mismo día (fs. 3).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3..
- II.4.
- II.5.
- 1)
- III.1.
- el procesamiento ilegal al que hace referencia la norma fundamental del país en su art. 18 de la CPE, no es comprensivo de la garantía del debido proceso, pues ésta encuentra protección en el art. 19 de la CPE, sino de aquel procesamiento ilegal, es decir sin respaldo alguno en el ordenamiento jurídico, que opera como causa para la privación de la libertad
- quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley, y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional
- III.3.
- III.4.
- APROBAR