SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0981/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0981/2005-R

Fecha: 19-Ago-2005

III.3.

III.3. De los antecedentes procesales remitidos a este Tribunal, se evidencia que se está frente a una cuestión con referentes fácticos y jurídicos similares en el ordenamiento jurídico penal, por cuanto las presuntas irregularidades procesales que atribuye el actor a los jueces técnicos recurridos, como son la dictación supuestamente ilegal del Auto de apertura de juicio oral, la presunta obstaculización en la emisión del Auto que correspondía en la audiencia de cesación de detención preventiva, y la supuesta falta de orden de remisión del expediente del Juzgado cautelar, no constituyen causa directa de la privación de libertad de la que es objeto el representado, por cuanto el mismo se encuentra detenido en virtud de una orden de detención emanada por autoridad competente, en todo caso el actor tiene la potestad de formular sus reclamos ante el propio Tribunal Quinto de Sentencia en lo Penal que conoce su proceso, o acudir a la acción tutelar del amparo, luego de agotar las vías legales previas, ya que el hábeas corpus sólo procede cuando el acto ilegal es el origen de la restricción o supresión de la libertad, a no ser que se haya colocado al o a la recurrente en absoluto estado de indefensión como lo establece la citada SC 1865/2004-R, lo cual no acontece en el caso analizado, situación que amerita la improcedencia del presente recurso.